A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Fandiño Caro Orlando Antonio·Demandado Municipio De Cienaga Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Seguridad social de empleado público o miembro de corporación pública
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 1° Laboral del Circuito de Santa Marta y el Juzgado 8 Administrativo de la misma ciudad. dicha controversia se presenta con ocasión de una demanda ordinaria laboral presentada por un ciudadano en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones y la Alcaldía Municipal de Ciénaga, en la que se pretende, entre otras, el reconocimiento y pago de una pensión de vejez.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte resolvió que, la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer aquellos casos en los que se pretenda, entre otras, el reconocimiento y pago de una pensión de vejez de personas cuya última vinculación fue como empleados públicos y cuando la entidad administradora de la prestación que se reclama es de naturaleza pública, de acuerdo con el numeral 4° del artículo 104 del CPACA.
Como consecuencia de lo anterior, la Sala Plena dirimirá el presente conflicto entre jurisdicciones declarando que le corresponde a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo conocer de la demanda del asunto.
Por ende, ordenará la remisión del expediente al Juzgado 8 Administrativo de Santa Marta para que continúe con el trámite de la citada demanda y comunique la presente decisión al Juzgado 1° Laboral del Circuito de la misma ciudad y a los sujetos procesales en el trámite judicial correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 1° Laboral del Circuito de Santa Marta y el Juzgado 8 Administrativo de la misma ciudad, y DECLARAR que corresponde al Juzgado 8 Administrativo de Santa Marta conocer de la demanda promovida por el señor Orlando Antonio Fandiño Caro en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y la Alcaldía Municipal de Ciénaga.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-2274 al Juzgado 8 Administrativo de Santa Marta para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de la referida demanda y para que comunique la presente decisión al Juzgado Juzgado 1° Laboral del Circuito de la misma ciudad y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.